Muchas veces
asistimos a las Misas de nuestras parroquias y notamos que el sacerdote y los
ministros llegan al presbiterio y se ubican en sus respectivos puestos y tienen
que esperar a que el coro termine de cantar el cántico de entrada con todas sus
estrofas. Muchos sacerdotes incluso fomentan esta extensión. También notamos
con cierta regularidad que el sacerdote se lava las manos (en el rito de la
presentación de las ofrendas, comúnmente llamado “ofertorio”) y tiene que
esperar a que los cantores terminen de cantar el cántico correspondiente.
Incluso muchas veces el sacerdote quiere continuar la Misa y el coro inicia
otra estrofa del cántico en cuestión, alargando sin necesidad la presentación
de las ofrendas y la preparación del altar. ¿Cuánto deben durar los cantos
procesionales de la Misa, es decir, de entrada, presentación de las ofrendas y Comunión?
Partamos de la Ordenación General del Misal Romano (OGMR), introducción
que nos ofrece el orden a seguir y el sentido de cada elemento de la santa Misa.
La OGMR 37 destaca que hay cantos que son en sí mismos ritos, como el “Gloria”,
el salmo responsorial, el “Aleluya” o verso antes del Evangelio, el “Santo”, la
aclamación de la anamnesis (este es el
sacramento de nuestra fe…) y el canto después de la Comunión. También este
mismo número explica que hay cantos que acompañan un rito, como lo son
el canto de entrada, de la presentación de las ofrendas, el “Cordero de Dios” y
el de Comunión. Los cantos procesionales no constituyen en sí mismos ritos, sino
que acompañan un rito (el “Cordero de Dios” no es un canto procesional,
pero acompaña el rito de la fracción del Pan y se extiende mientras dura este
rito –Cf. OGMR 83- ). Por ende no tienen la misma importancia de los cánticos
rituales, sino que están subordinados a los ritos que acompañan.
El cántico de entrada, entre otras cosas,
tiene la función de acompañar la procesión de entrada de los ministros (Cf.
OGMR 47). Esa fue la razón principal por la que surgió este cántico en el siglo
V en las liturgias papales de Roma. Por ende dura lo que dura la procesión de los
ministros y la incensación del altar (cuando la hay). Una vez terminado este
rito, el canto de entrada debe de concluir, evitando añadir estrofas sin
necesidad. Claro, el canto no debe concluirse abruptamente, sino en el momento
oportuno, respetando la forma musical del cántico y el rito que está acompañando.
El director del ministerio de música debe estar muy pendiente del rito para dar
la señal de concluir en el momento oportuno. Una alternativa razonable para cuando
el cántico deba ser concluido antes de finalizar la procesión y la incensación
(porque el añadir otra estrofa implicaría una extensión excesiva del canto de
entrada) es recurrir a la música instrumental (excepto en Adviento y Cuaresma y
misas de difuntos –Cf. OGMR 313 y Músicam
Sacram 66-). Algunos acordes en la guitarra u otro instrumento musical son
una alternativa viable.
El cántico para la presentación de las
ofrendas ha de prolongarse por lo menos hasta
cuando los dones hayan sido depositados sobre el altar. Las normas sobre el modo de cantarlo son las mismas que para canto de
entrada (OGMR 74). Este cántico puede extenderse mientras se prepara el
altar, se inciensa el mismo (cuando se usa el incienso) hasta que el sacerdote se
lave las manos. El mismo criterio usado para el cántico de entrada se puede
usar aquí.
Mientras el sacerdote comulga, comienza el cántico de Comunión, que ha
de durar mientras se distribuye el Sacramento a los fieles (Cf. OGMR 86), por
lo que no debe prolongarse mientras se estén purificando los vasos sagrados. Si se ha de tener un himno después de la
Comunión, el canto para la Comunión debe ser terminado oportunamente (Ib).
El cántico de salida no está contemplado en la OGMR: no hay una legislación
al respecto. Normalmente este cántico, al igual que los cánticos procesionales,
acompaña la procesión de salida de los ministros. Mientras se canta, los fieles
pueden o quedarse cantando o ir saliendo del templo. Ya la asamblea está
disuelta (“pueden ir en paz”), por lo que no se le puede obligar a permanecer
en la iglesia.
Los cánticos procesionales están, pues, al servicio del rito que
acompañan y han de ceñirse a estos ritos. No constituyen ritos en sí mismos.
Que mediante el conocimiento de la naturaleza de los cánticos que cantamos en
nuestras eucaristías podamos vivir mejor el sacramento de nuestra fe.